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Página 1 de 12 CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO: Artículo 1. Con la denominación “Asociación Madrileña de Distribuidores de Combustibles y Carburantes”, se constituye una ASOCIACIÓN al amparo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, reguladora del derecho de asociación sindical, y Real Decreto 873/1977 de 22 de abril, norma declarada vigente por la Disposición derogatoria de la Ley Orgánica 11/1985 de 2 de agosto, del artículo 28 en concordancia con los artículos 7 y 22 de la Constitución Española, de conformidad con la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo reguladora del derecho de asociación y normas concordantes, de aplicación supletoria, y en cumplimiento del espíritu y la letra de los Convenios Internacionales de la OIT nº 87 y nº 98 suscritos por España, así como por los presentes Estatutos, con la finalidad de intervenir en las relaciones laborales, contribuyendo, a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que le son propios, con plena capacidad jurídica y de obrar, careciendo de ánimo de lucro. Además de la denominación de la Asociación, podrá ésta utilizar como anagrama el término «AMADIS».
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